Guia:
 

* Se informa a todos nuestros usuarios que a partir de la fecha 9-18-2007 sólo se enviarán TELEVISORES que estén debidamente empacados, ya que la caja original no brinda la seguridad que se requiere, una alternativa es incluir una lámina de icopor adelante y al espaldar de un grosor de 2 pulgadas.

*
Ninguna caja que supere las 11 Libras será transportada a Perú.

*
A partir de la fecha, las cajas enviadas hacia Venezuela, Guatemala, Chile, Nicaragua, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Panamá, Brasil deben llevar la DECLARACIÓN DE CONTENIDO debidamente diligenciada.

Descargue el Formato de Declaración de valor de Contenido AQUÍ Actualizado 5/30/2008

* ECUADOR:
1-
No se puede enviar más de una (1) caja con el mismo REMITENTE y el mismo BENEFICIARIO. A partir de la fecha 4-27-2007, los paquetes de más de dos kilos o 4Lbs, o envíos con contenidos que superen los $30 USD, están sujetos a pagar impuestos en destino.
2-
Las aduanas de este país requieren NOMBRE_DIRECCIÓN y CÉDULA REAL de quien recibe el paquete en destino, también cualquier paquete de 4 Lbs. estará sujeto a pagar impuestos en destino si los oficiales aduaneros lo consideran (1-24-2008).

*
Efectuamos cambios en la creación de guías, ahora deben de usar el botón amarillo que dice "AGREGAR PESO" después que escriban el peso.

* TSA & HOMELAND SECURITY:
Se le informa a todas las agencias que debido a las regulaciones de la TSA (HOME LAND SECURITY) quienes coordinan la lucha contra el terrorismo, se hace indispensable que todas las cajas o paquetes sean revisados al momento de ser recibidas en sus oficinas, así como la información del cliente con el fin de asegurarnos que éstas no contengan ningún MATERIAL PELIGROSO, NI EXPLOSIVO.

Es posible que algunas agencias sean visitadas por agentes encubiertos de la TSA confirmando que en estos puntos la carga sea chequeada al momento de recibirse. Así mismo nos será útil para asegurarnos que el contenido descrito por los clientes sea el real.

* ECUADOR:
Se informa a todos nuestros usuarios que realizan envíos a Ecuador que a partir de la fecha 2- 8-2008 todos los envíos en general deben de llevar una factura del contenido o la declaración de contenido, ésta será proporcionada por su agencia.